RESOLUCIÓN. La norma aprobada por la Gobernación establece la ampliación de 661.8 a 702.98 hectáreas.
La Gobernación de Santa Cruz aprobó la ampliación y el resguardo del Polígono de la Pausa Ambiental, denominada hoy “Área de Importancia de Recarga Hídrica de Lomas de Arena”. La determinación fue adoptada a través de la Resolución Administrativa N° 004/2025.
Ahora la zona de importancia hídrica comprende una superficie de 702,98 hectáreas con una propuesta de 1.445 puntos georreferenciados; anteriormente sólo contemplaba 661,8 hectáreas y 1.361 puntos georreferenciados, informó Ana Patricia Suárez, secretaria departamental de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.
Indicó que esta zona será parte de la Unidad de Conservación y Patrimonio Natural (UCPN) Lomas de Arena, por mandato del gobernador en ejercicio Mario Aguilera y gracias al trabajo científico y responsable de la Dirección de Conservación y Patrimonio Natural (Dicopan) y la Dirección del Servicio de Calidad Ambiental, que trabajaron en coordinación con los gobiernos municipales que tienen jurisdicción sobre el área, además de ciudadanos legalmente establecidos.
De esta forma, es una realidad el resguardo de esta importante área que provee de líquido vital a más de 3 millones de personas que viven en la Región Metropolitana del departamento. En diciembre de 2024, la Gobernación había declarado como área de importancia de recarga hídrica a los acuíferos de Lomas de Arena, tomando en cuenta la importancia que tiene esa zona en el abastecimiento de agua para el área metropolitana del departamento.
“Es importante comunicar a la ciudadanía que con el trabajo responsable que ha venido haciendo este equipo técnico, después de dos años de pausas se establece esta zona de recarga hídrica”, manifestó Suárez.
Residuos y aguas subterráneas
La resolución instruye a los Gobiernos Autónomos Municipales de La Guardia y Santa Cruz de la Sierra, el control y seguimiento ambiental de sus sistemas de gestión integral municipal de residuos sólidos, dando cumplimiento a la Ley 755 de Gestión Integral de Residuos y su respectivo reglamento; mientras que a todos los ciudadanos que poseen derecho propietario, les manda someterse a todas las normativas ambientales establecidas para garantizar la conservación del área.
Por otra parte, la Resolución 004/2025 instruye al GAM de Santa Cruz de la Sierra, que en un plazo no mayor a 30 días calendario, remita a la Secretaria Departamental de Medio Ambiente, los datos a través de los registros topográficos existentes, del botadero identificado en coordenadas X: 478253,419 – Y: 8022706,112; de tal manera que se pueda identificar al propietario del terreno, quien deberá proceder al Cierre Técnico inmediato y restauración del sitio a condiciones naturales previas a su implementación.
“Se recuerda a los GAMs y representantes legales o propietarios de las actividades, obras o proyectos existentes en el “Área de Importancia de Recarga Hídrica Lomas de Arena”, que el incumplimiento a las determinaciones de la presente Resolución Administrativa, enmarcada en las leyes ambientales del país, se configurará como una Infracción Administrativa o delito civil y penal», remarcó Suárez.
De igual manera, la autoridad indicó, que se ha instruido al Servicio Departamental de Gestión de Recursos Hídricos continuar con el monitoreo permanente de los niveles de agua subterráneos, a fin de realizar un seguimiento y control para la verificación del estado del acuífero.